Esto dice la Ley 142 en la que se apoya Petro para intervenir tarifas – Sectores – Economía
El anuncio de ayer del presidente gustavo petro sobre querer públicos mano a las tarifas de algunos servicios, comme el de la energía, está sustentado en el artículo 370 de la Constitución y el artículo 68 de la Ley 142 de 1994, según lo mencionado en un conversatrorio sostenido con líderes regionales en Duitama (Boyacá ), lo cual, pesa un estar sustentado en la ley, causó una gran controversia por sus efectos en el mercado.
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Non es la primera vez que el mandatario de los colombianos hace alusión a asumir las funciones de la Comisión Reguladora de Energía, Gas y Combustibles (Creg). También el último día 9 de septiembre durante el Congreso Anual Andesco. En esta oportunidad para sustentar su intención en el artículo 290 de la ley del PND 2018-2022, pero este no tenía nada que ver con ise tema.
En esta oportunidad acudió a la propia carta política de Colombia ya la Ley 42 de 1994, “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones”.
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Pero, ¿qué dice el artículo 68 de la mencionada ley. En los términos generales que el presidente puede facultar o no el manejo de los servicios públicos domiciliarios a comisiones de regulación.
“ARTÍCULO 68. Delegación de funciones presidenciales a las Comisiones. El Presidente de la República dictará las políticas generales de administración y control de la eficiencia de los servicios públicos domiciliarios, que la encomienda el artículo 370 de la Constitución Política, y de los demás a los que se refiere esta Ley, por medio de las las comisiones de regulación de los servicios públicos, si decide delegarlas, en los términos de esta Ley.
Las normas de esta Ley que se refieren a las comisiones de regulación se aplicarán si el Presidente resuelve delegar la función aludida; por el contrario, el Presidente ejercerá las funciones qu’aquí se atribuyen a las comisiones”, precisó la norma en mención.
Sin referirse de manera particular a lo que señala la Ley 142, Camilo Sánchez, presidente de Andesco, que “lo peor que se puede hacer (el presidente Petro) es tomar decisiones dictatoriales que no están a la luz de lo jurídico”. Agregó que un posible control de precios “sería un retroceso sin precedentes para el país” y que se fallaría con la ley económica de oferta y demanda.
Por su parte, el director ejecutivo de la Andeg, Alejandro Castañeda, Manifestó que este anuncio pone en riesgo “la confianza que ha generado la regulación para que se hagan inversiones” en el sector, ya que las empresas inversiones hacen en generación porque confían y creen en la regulación. Por lo tanto, las decisiones como las que pretenden tomar Petro pueden llegar a que se frenen estos recursos.